Los intereses y recargos de una deuda se tratan, por regla general, como créditos subordinados en el concurso de una persona física, y en la Ley de Segunda Oportunidad (LSO) pueden quedar incluidos en la exoneración si el deudor cumple los requisitos y el juez la concede. No es automático: depende de la buena fe, de la lista de acreedores y de la resolución del juzgado.
Revisado el 21 de octubre de 2026.
Esta guía explica el criterio general del Texto Refundido de la Ley Concursal (BOE). No analiza tu caso concreto. Si buscas una visión de conjunto, empieza por la página sobre la Ley de Segunda Oportunidad.
Tendencias: qué está pasando en España
- Los concursos de particulares siguen creciendo (CGPJ, informe publicado el 16 de octubre de 2026). Según los datos del Consejo General del Poder Judicial recogidos por LegalToday, en el segundo trimestre se presentaron 19.024 concursos (+5,1 %). Solo descendieron los de personas físicas empresarias (−10,8 %).
- El BCE subió tipos el 10 de septiembre de 2026. El Banco Central Europeo elevó 25 puntos básicos la facilidad de depósito, hasta el 2,50 %. Para un deudor, financiación más cara significa más intereses acumulados sobre las deudas que ya arrastra.
- El Supremo ha ido aclarando qué se exonera (sentencias de 18 de febrero de 2026). Según la prensa jurídica, el tribunal reconoce que el deudor debe acreditar los requisitos y que los créditos subordinados pueden exonerarse. Las fuentes consultadas no detallan los números de sentencia, por lo que conviene consultarlas en el CENDOJ.
Qué son los intereses y recargos de una deuda
Cuando dejas de pagar un préstamo o una tarjeta, la deuda crece por dos vías: el principal (lo que recibiste) y los accesorios (intereses remuneratorios, intereses de demora, recargos y comisiones). En el lenguaje cotidiano todo es «la deuda», pero para el concurso se separan.
Si quieres entender cómo se calculan en el caso de las hipotecas, tienes una guía sobre los intereses de demora de la hipoteca y su límite.
Cómo se clasifican en el concurso de una persona física
El Texto Refundido de la Ley Concursal ordena los créditos en privilegiados, ordinarios y subordinados. Como regla general, los intereses de cualquier clase y las multas o sanciones se consideran subordinados, con una excepción relevante: los intereses de créditos con garantía real, como la hipoteca, mantienen su rango hasta donde alcance la garantía.
| Componente de la deuda | Clasificación habitual | Efecto en la exoneración |
|---|---|---|
| Principal de tarjeta o préstamo personal | Crédito ordinario | Exonerable si se cumplen los requisitos |
| Intereses y recargos de ese préstamo | Subordinado (regla general) | Pueden exonerarse junto con el principal |
| Intereses de un crédito con garantía real | Siguen al crédito garantizado hasta el límite de la garantía | Depende de si se conserva o se ejecuta el bien |
| Multas y sanciones | Subordinado | Se analiza caso a caso |
| Alimentos y otras deudas excluidas por ley | No exonerables | Se mantienen |
Las deudas que la ley excluye de la exoneración se explican en el artículo sobre deudas que no se exoneran con la LSO.

Qué cambia tras la reforma y la doctrina del Supremo
Desde la reforma de la Ley 16/2022 no existe el acuerdo extrajudicial de pagos como trámite previo. Hoy se solicita el concurso y la exoneración del pasivo insatisfecho, ya sea con liquidación de bienes o mediante un plan de pagos que permite, si se cumplen las condiciones, conservar la vivienda habitual.
En ese esquema, los créditos subordinados no suelen condicionar el plan de pagos, y el juez decide el alcance final. Sobre qué incluye la resolución judicial, consulta el análisis del auto de exoneración y la lista de créditos.
Un matiz importante: el límite de 10.000 € existe solo para el crédito público (Hacienda y Seguridad Social) y se explica en otro artículo. No se aplica a las deudas con bancos o financieras.
Ejemplo ilustrativo con una tarjeta de crédito
| Concepto | Importe |
|---|---|
| Principal dispuesto | 9.000 € |
| Intereses y recargos acumulados | 3.500 € |
| Deuda total que reclama la entidad | 12.500 € |
Es un caso inventado para ilustrar la diferencia entre principal y accesorios; no refleja un resultado real ni garantiza uno. Si los intereses son desproporcionados, antes de nada puede valorarse una reclamación por usura en tarjetas revolving o revisar las condiciones de un préstamo personal.
Riesgos y limitaciones
- No es una garantía. El juez puede denegar la exoneración si aprecia falta de buena fe, ocultación de bienes u otras causas legales.
- Carga de la prueba. Debes poder explicar el origen de las deudas y documentar tu situación.
- Plazos reales. El procedimiento puede durar meses; mientras tanto, el embargo ya acordado no desaparece de forma inmediata. Más detalle en cuánto tarda la LSO.
- Registros de morosos. Estar en ASNEF u otros ficheros puede dificultar el acceso a crédito; los plazos de permanencia son legales y no dependen de la exoneración.
- Costes. Hay honorarios de abogado y procurador, y, en su caso, de administrador concursal; pídelos por escrito antes de firmar.
- Cada acreedor y cada juzgado pueden aplicar criterios distintos mientras la jurisprudencia se consolida.
Pasos prácticos
- Reúne contratos, extractos y reclamaciones de cada acreedor, separando principal e intereses si figuran.
- Haz una lista completa de deudas y de tus ingresos y bienes, sin omitir nada.
- Comprueba si hay intereses abusivos que puedan reclamarse por vía bancaria.
- Consulta con un abogado especializado si la LSO es una vía viable y cuál encaja (liquidación o plan de pagos).
- Si recibes una demanda o un embargo, no dejes pasar los plazos de respuesta.
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Preguntas frecuentes
¿Los intereses de mi tarjeta se cancelan con la Ley de Segunda Oportunidad?
Pueden quedar incluidos en la exoneración junto con el principal si el juez la concede. Depende de tu buena fe y de que la deuda no esté excluida por ley.
¿Qué diferencia hay entre interés remuneratorio y de demora?
El remuneratorio es el precio pactado del préstamo; el de demora se añade por pagar tarde. Ambos son accesorios y pueden revisarse si son abusivos.
¿Se exoneran también las comisiones?
Dependen de su naturaleza y de cómo las clasifique la lista de acreedores. Es un punto que debe revisar un abogado.
¿El límite de 10.000 € afecta a deudas con bancos?
No. Ese límite se refiere al crédito público exonerable, no a deudas con entidades financieras.
¿Puedo reclamar intereses abusivos y acudir a la LSO?
Son vías distintas que a veces se estudian en paralelo. Un abogado valorará el orden más conveniente según tu caso.
En resumen
Los intereses y recargos suelen tratarse como créditos subordinados y pueden exonerarse con la LSO si cumples los requisitos, pero no hay garantía y el juez decide. Reúne la documentación, no ocultes nada y valora tu caso con un abogado antes de dar ningún paso.
Este contenido es informativo. Consulta con un abogado antes de cualquier decisión legal.







