Todo sobre la Ley
de Segunda Oportunidad

¿Qué es la Ley de la Segunda Oportunidad?

La Ley de la Segunda Oportunidad es una ley que permite eliminar hasta el 100% de tus deudas pendientes de manera legal y efectiva. El Gobierno de España diseñó esta ley en el año 2015 con el objetivo de dar una nueva oportunidad a las personas insolventes.

Cancela tus deudas y comienza una nueva vida desde cero

Cancela tus deudas legalmente

Especialistas en Ley de Segunda Oportunidad

Se cancelan las deudas para siempre

Casos de éxito de la Ley de la Segunda Oportunidad

Para particulares con deudas de todo tipo

Deudas de tarjetas de crédito, préstamos, coches y más.

Para autónomos con deudas de cualquier tipo

Deudas a Hacienda y Seguridad Social

Deudas de préstamos personales, microcréditos e hipotecas.

Te ayudamos a solicitar la Ley de la Segunda Oportunidad

Hipotecas y Ley de Segunda Oportunidad

Deudas públicas y Ley de Segunda Oportunidad

Cancela tus deudas y comienza una nueva vida desde cero

La Ley de Segunda Oportunidad es una herramienta legal diseñada para que particulares y autónomos en situación de insolvencia puedan renegociar o cancelar sus deudas, ya sea total o parcialmente. Este procedimiento está dirigido a personas físicas, con o sin actividad empresarial, que no pueden cumplir con sus obligaciones de pago, ofreciéndoles la posibilidad de eliminar sus deudas y comenzar de nuevo.

El objetivo principal de este mecanismo es brindar apoyo a quienes enfrentan insolvencia o quiebra, sin desatender los derechos de los acreedores. En España, la Ley de Segunda Oportunidad cumple con una triple función: social, facilitando la regeneración económica de los ciudadanos; de efectividad de cobro, garantizando transparencia y disposición para los acreedores; y de economía procesal, unificando las reclamaciones de deuda en un solo proceso versátil.

¿De verdad puedo cancelar mis deudas legalmente?

La Ley de Segunda Oportunidad está disponible exclusivamente para deudores insolventes, no para aquellos en situación de sobreendeudamiento. Además, es esencial que estos deudores demuestren buena fe para acceder a la cancelación de todas sus deudas, excepto aquellas que legalmente no pueden ser exoneradas.

Hoy en día, ya no se requiere que el deudor destine todo su patrimonio al pago de sus deudas. En su lugar, puede establecer un plan de pagos, permitiéndole conservar su vivienda habitual y activos empresariales.

Se ha eliminado la necesidad de intentar un acuerdo extrajudicial de pagos antes de acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad. Esto permite a los deudores solicitar este recurso sin gastar tiempo o dinero en soluciones preconcursales que no consideran viables.

El proceso de segunda oportunidad comienza con una solicitud al Juzgado Mercantil, independientemente de si el deudor es autónomo o no. Esta solicitud debe detallar claramente la situación personal del deudor, el cumplimiento de los requisitos, el tipo de insolvencia y los ingresos disponibles.

Una vez presentada la solicitud junto con los documentos que acrediten la situación del deudor, se inicia el procedimiento judicial. En este punto, el deudor puede optar entre la exoneración con liquidación de activos o sin liquidación pero con un plan de pagos. Ambas modalidades son flexibles, permitiendo al deudor que haya obtenido una exoneración provisional con plan de pagos cambiar en cualquier momento a la exoneración con liquidación de activos.

¿Qué deudas puedo cancelar con la Ley de Segunda Oportunidad?

La Ley de la Segunda Oportunidad permite cancelar todo tipo de deudas, con las excepciones contenidas en el artículo 489.1 de la Ley Concursal:

  • Deudas por responsabilidad civil extracontractual: incluye deudas por muerte o daños personales, así como indemnizaciones derivadas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, independientemente de la fecha de la resolución que las declare.
  • Deudas por responsabilidad civil derivada de delito.
  • Deudas por alimentos.
  • Deudas por salarios: corresponden a los últimos 60 días de trabajo efectivo realizado antes de la declaración de concurso, en una cuantía que no supere el triple del salario mínimo interprofesional, así como los salarios devengados durante el procedimiento, siempre que no hayan sido asumidos por el Fondo de Garantía Salarial.
  • Deudas por créditos de Derecho público: las deudas con Hacienda y la Seguridad Social pueden exonerarse hasta un límite de 10.000 euros, exonerando íntegramente los primeros 5.000 euros y el 50% de la deuda restante hasta 10.000 euros.
  • Deudas por multas: incluye las deudas por multas impuestas en procesos penales y por sanciones administrativas muy graves.
  • Deudas por costas y gastos judiciales: derivadas de la tramitación de la solicitud de exoneración.
  • Deudas con garantía real: incluyen deudas por principal, intereses o cualquier otro concepto debido, dentro del límite del privilegio especial, calculado conforme a lo establecido en la propia Ley Concursal.

Esta normativa asegura que ciertas deudas específicas mantengan su prioridad y protección, incluso en procesos de exoneración bajo la Ley de la Segunda Oportunidad.

¿Se cancelan las deudas para siempre?

Si el procedimiento de la Ley de la Segunda Oportunidad concluye exitosamente, ocurren varios cambios significativos:

  • Eliminación de deudas: las deudas se cancelan completamente si se liquida la masa activa, o parcialmente si se opta por seguir un plan de pagos.
  • Paralización de embargos: los embargos existentes se detienen de manera definitiva, y no pueden iniciarse nuevos embargos por las mismas deudas.
  • Borrado de datos del deudor en ficheros de morosos: los datos del deudor deben ser eliminados de los registros de morosos, ya que se elimina la deuda.

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