
Cuando una persona acumula deudas, ya sea por motivos personales o profesionales, una de las más habituales —y a veces más difíciles de gestionar— son las que se tienen con la comunidad de propietarios. Este tipo de deuda puede generar conflictos vecinales, recargos y problemas legales.
Pero, ¿Qué pasa si una persona no puede hacer frente a esos pagos? ¿Es posible exonerar este tipo de deuda mediante la Ley de Segunda Oportunidad?
En este artículo te explicamos de forma clara y sencilla si es posible cancelar deudas con la comunidad de propietarios a través de este mecanismo legal.
¿Por qué es importante pagar las cuotas de la comunidad de propietarios?
Cada propietario está obligado a contribuir con los gastos comunes: mantenimiento, limpieza, ascensor, reparaciones, etc. Cuando un vecino deja de pagar, no solo genera una deuda, sino que también afecta al resto, que debe cubrir ese déficit. Además, estas deudas son exigibles judicialmente por la propia comunidad, lo que puede derivar en embargos o incluso la subasta del inmueble.
¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?
La Ley de Segunda Oportunidad es un mecanismo legal que permite a particulares y autónomos cancelar de forma definitiva sus deudas si cumplen con ciertos requisitos. Ha sido diseñada para dar una salida a personas que, por circunstancias ajenas o personales, no pueden hacer frente a sus compromisos económicos.
Este procedimiento, además de eliminar deudas con bancos o tarjetas de crédito, también puede incluir otro tipo de obligaciones, como deudas con Hacienda o Seguridad Social… ¿y con la comunidad de propietarios? Vamos a verlo.
¿Puede cancelarse la deuda de la comunidad de propietarios?
Esta es una de las dudas más comunes entre quienes desean acogerse a la Ley. Y la respuesta, aunque inicialmente ha sido ambigua, hoy empieza a aclararse.
Según la interpretación más reciente de la normativa y varios pronunciamientos judiciales sí es posible incluir las deudas con la comunidad de propietarios dentro del plan de exoneración de deudas. No obstante, esto dependerá del tipo de procedimiento que se aplique, de si el inmueble se ha vendido o no, y del juez encargado del caso.
¿Qué dice la ley?
La Ley 16/2022, que reformó la Ley Concursal y afectó directamente a la Ley de Segunda Oportunidad, no excluye expresamente este tipo de deuda. Esto significa que puede ser considerada exonerable siempre que:
- La persona actúe de buena fe.
- Se demuestre la imposibilidad de pago.
- Se haya intentado un acuerdo de pagos (en algunos casos).
- Se cumplan los requisitos generales de la Ley.
Casos en los que sí se puede cancelar la deuda con la comunidad
Aunque no existe una norma específica que garantice el 100% de cancelación en todos los casos, sí hay antecedentes favorables:
- Cuando el deudor ha perdido la propiedad y la deuda está vinculada a ese inmueble.
- Cuando la deuda forma parte del conjunto de pasivos no privilegiados.
- Si el juez entiende que la deuda es insostenible y cumple los requisitos del procedimiento.
Importante: si la persona aún es propietaria del inmueble, podría tener que asumir parte o la totalidad de esa deuda para mantener la propiedad. Si ya ha perdido la vivienda, hay más probabilidades de que se le exonere completamente.
¿Qué pasa si no se incluye la deuda con la comunidad?
Si la deuda con la comunidad no se incluye o no se exonera, la persona seguirá siendo responsable del pago, y la comunidad podría embargar cuentas o incluso solicitar la venta forzosa de la propiedad.
Por eso es fundamental contar con un asesoramiento experto, que valore cada caso de manera individual y determine la mejor estrategia legal.
¿Cómo puede ayudarte Resuelve Mi Deuda?
En Resuelve Mi Deuda somos un despacho de abogados especializado en la Ley de Segunda Oportunidad. Analizaremos tu situación, estudiando la viabilidad del procedimiento y acompañándote en todo el proceso, desde el inicio hasta la obtención de la exoneración definitiva.
Gracias a nuestra atención personalizada y 100% online, ¡empieza de nuevo sin cargas económicas!
Conclusión: ¿puedes cancelar tus deudas con la comunidad de propietarios?
Sí, cancelar una deuda con la comunidad de propietarios es posible mediante la Ley de Segunda Oportunidad, siempre que se cumplan las condiciones del procedimiento. Aunque cada caso es diferente, hay precedentes legales que respaldan esta opción.
Si te encuentras en una situación complicada, no estás solo. Existen mecanismos legales para empezar de cero sin la carga de las deudas.
En Resuelve Mi Deuda te ayudamos a cancelar tus deudas, incluso las de la comunidad. Somos expertos en Ley de Segunda Oportunidad, es momento empezar tu nueva vida sin deudas.
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