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Deudas, Morosidad
23/10/2026
Redacción RMD

Descubierto en cuenta: límite de intereses y qué hacer

Un descubierto en cuenta es el saldo negativo que el banco te permite o te consiente en tu cuenta corriente, y la ley limita lo que puede cobrarte por él: en un descubierto tácito, la TAE no puede superar 2,5 veces el interés legal del dinero. Con el interés legal en el 3,25 %, ese techo queda en el 8,125 % TAE. Si tu banco te cobra más, o si el descubierto se te está haciendo bola, conviene actuar cuanto antes.

Con la subida de tipos del BCE de este otoño, muchas familias miran con más atención los números rojos de la cuenta. Esta guía explica qué dice la normativa, cuánto puede costarte un descubierto, qué riesgos tiene dejarlo crecer y qué opciones legales existen cuando ya no puedes cubrirlo.

Tendencias: qué está pasando en España

  • 10 de septiembre de 2026: el BCE subió sus tres tipos oficiales en 25 puntos básicos; la facilidad de depósito queda en el 2,50 % desde el 16 de septiembre (Banco de España). Para un deudor, significa que el dinero seguirá siendo más caro mientras la inflación no ceda.
  • Septiembre de 2026: según un análisis de prensa especializada, el euríbor medio del mes habría cerrado en torno al 3,25 %, frente al 2,95 % de agosto, lo que encarece las revisiones de hipotecas variables de octubre (Kelisto). Ojo: algunas fuentes publican cifras provisionales distintas, así que conviene contrastar con la serie oficial del Banco de España.
  • Segundo trimestre de 2026: el INE registra más ejecuciones hipotecarias sobre viviendas usadas (+23,3 % en tasa anual) en su última estadística (INE). Es una señal de que parte de los hogares con hipoteca llegan a fin de mes con menos margen, y es habitual que el descubierto sea la primera señal de ese ajuste.

Qué es un descubierto en cuenta y tipos que existen

Hay dos situaciones distintas, y la diferencia importa porque cambia lo que el banco puede cobrar y lo que debe comunicarte:

  • Descubierto pactado (o crédito en cuenta): está recogido en el contrato. Tienes un límite acordado y un tipo de interés establecido.
  • Descubierto tácito: el banco admite un pago que supera tu saldo sin que lo hayas acordado. Aquí aplica el tope legal de la TAE y obligaciones reforzadas de información.

Qué dice la ley: límite de intereses del descubierto

La Ley 16/2011 de contratos de crédito al consumo regula ambos supuestos. Su artículo 20 establece que, en los descubiertos tácitos, no puede aplicarse una TAE superior a 2,5 veces el interés legal del dinero. Además, si el descubierto es importante y se prolonga más de un mes, el banco debe informarte sin demora del importe, el tipo deudor y las posibles penalizaciones. Puedes consultar el texto en el BOE. En el descubierto pactado, el artículo 19 exige un extracto al menos trimestral con los importes dispuestos y el tipo aplicado.

Página de periódico con cifras y tablas financieras para revisar los intereses de un descubierto en cuenta

Ejemplo ilustrativo elaborado por Resuelve mi Deuda, octubre 2026 (tope de 8,125 % TAE, cálculo simplificado sobre un mes)
Saldo en descubierto Interés máximo orientativo en 1 mes Interés máximo orientativo en 6 meses
500 € 3,39 € 20,31 €
1.000 € 6,77 € 40,63 €
2.000 € 13,54 € 81,25 €

Estas cifras muestran el interés por sí solo. El problema suele aparecer cuando se suman comisiones: por descubierto, por reclamación de posiciones deudoras o por recibo devuelto. Si es tu caso, puede ayudarte la guía sobre la comisión por impago, donde se explica cómo la jurisprudencia trata los cargos automáticos y repetidos.

Cómo saber si tu banco te está cobrando de más

Pasos prácticos

  1. Reúne los extractos de los últimos meses y el contrato de la cuenta.
  2. Identifica si el descubierto era pactado o tácito.
  3. Busca el tipo de interés aplicado y cualquier comisión asociada (descubierto, reclamación, devolución).
  4. Calcula la TAE efectiva y compárala con el tope del 8,125 % si se trata de un descubierto tácito.
  5. Reclama por escrito al servicio de atención al cliente del banco y guarda el justificante. Si no responde en el plazo legal o la respuesta no te convence, puedes acudir al Banco de España.

Riesgos y limitaciones si no puedes cubrir el descubierto

  • Intereses y comisiones acumuladas: la deuda crece cada mes.
  • Reclamación judicial y embargo: si la deuda se reclama y hay sentencia o título ejecutivo, el embargo de cuentas o nómina puede ser inmediato una vez se decreta. Más detalle en la guía sobre el embargo de cuenta bancaria.
  • Inclusión en un fichero de morosos: solo es posible si la deuda es cierta, vencida y exigible, y tras un requerimiento previo de pago. Los datos pueden permanecer hasta seis años.
  • Efecto en el acceso a crédito: más difícil renovar o conseguir financiación mientras haya impagos.

Opciones cuando el descubierto se convierte en deuda

Antes de nada, no ignores las llamadas ni las cartas: contestar por escrito y proponer un calendario de pagos realista suele ser el primer paso. En la guía sobre cómo negociar una deuda con el banco explicamos qué puedes pedir y qué no suele funcionar. Un banco no está obligado a aceptar quitas, y una refinanciación del propio banco puede alargar el problema sin resolverlo.

Si el descubierto forma parte de un conjunto de deudas que ya no puedes atender (tarjetas, préstamos, descubiertos), la Ley de Segunda Oportunidad es una herramienta legal que permite solicitar el concurso y la exoneración del pasivo insatisfecho, con liquidación de bienes o mediante un plan de pagos. No es automática: exige insolvencia y buena fe, puede no prosperar si hay fraude u ocultación, no cubre todas las deudas y el procedimiento judicial suele tardar entre 2 y 6 meses desde la presentación, a lo que se suma el tiempo de cumplir lo que el juez determine. Consulta los requisitos. También puedes revisar qué ocurre con otras deudas en deuda de tarjeta de crédito: qué pasa si no pago.

Cómo te puede ayudar Resuelve mi Deuda

En Angelum Legal trabajan abogados especializados en insolvencia de personas físicas y en reclamaciones bancarias, desde nuestra sede en Barcelona. Pueden revisar tus extractos y tu contrato para valorar si hay cargos discutibles y qué vía legal encaja con tu situación, sin prometer resultados. La asesoría inicial es gratuita.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el interés máximo de un descubierto en cuenta?

En un descubierto tácito, la TAE no puede superar 2,5 veces el interés legal del dinero. Con el interés legal en el 3,25 %, el techo es del 8,125 % TAE. El descubierto pactado se rige por lo firmado, sujeto a las normas de usura y transparencia.

¿Puede el banco cobrarme una comisión por el descubierto además de los intereses?

Depende del contrato y de si la comisión retribuye un servicio real. Las comisiones automáticas y repetidas sin gestión real pueden ser discutibles.

¿Me pueden incluir en ASNEF por un descubierto?

Solo si la deuda es cierta, vencida y exigible y se cumple el requerimiento previo. Si la discutes, hazlo por escrito y guarda las pruebas.

¿Puedo incluir el descubierto en la Ley de Segunda Oportunidad?

Es una deuda con un banco, y en general puede formar parte del conjunto de deudas del concurso si cumples los requisitos. Cada caso requiere un estudio individual.

¿Qué pasa si dejo el descubierto sin pagar?

La deuda crece con intereses y comisiones, puede reclamarse judicialmente y, con título ejecutivo, derivar en embargo.

En resumen

El descubierto tácito tiene un límite legal de coste (8,125 % TAE con el interés legal actual) y obligaciones de información del banco. Revisa extractos y comisiones, reclama por escrito si hay cobros dudosos y no esperes a que la deuda se enquiste: si ya no puedes asumirla, existen vías legales que conviene estudiar con abogados especializados.

Este contenido es informativo. Consulta con un abogado antes de cualquier decisión legal.

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