estar en ASNEF
Morosidad
04/10/2025
admin

¿Cuánto tiempo puedo estar en ASNEF?

Si el sobreendeudamiento te supera, la Ley de Segunda Oportunidad es tu primera alternativa legal. Antes de pensar en refinanciaciones o más crédito, conviene entender cuánto tiempo pueden mantener tus datos en un fichero de morosidad y cómo salir cuanto antes.

La prioridad es proteger tu estabilidad y recuperar margen de maniobra.

¿Durante cuánto tiempo pueden mantener tus datos?

El marco jurídico fija un plazo máximo legal. La normativa española establece que tus datos pueden permanecer en sistemas de información crediticia como máximo cinco años desde el vencimiento de la obligación impagada, y solo mientras persista el incumplimiento. Superado ese límite, deben suprimirse.

Ese cómputo se realiza desde el vencimiento. La regla opera tanto para deudas de vencimiento único como para las periódicas, en cuyo caso el plazo corre desde cada cuota impagada incluida en el fichero, con el mismo tope de cinco años.

Si regularizas la deuda, deben darte de baja. Una vez pagada, el responsable del fichero y el acreedor están obligados a actualizar el registro sin dilaciones indebidas, eliminando el apunte de morosidad que ya no responde a la realidad.

Además, existe un bloqueo temporal inicial. Cuando te notifican la inclusión, tus datos deben permanecer bloqueados durante treinta días para que puedas ejercer tus derechos (acceso, rectificación, oposición o supresión) antes de que el apunte sea consultable por terceros.

Recuerda que la ley no admite prórrogas. Ni la venta de la deuda, ni cesiones internas del acreedor, ni recálculos unilaterales amplían el límite de cinco años; pasado ese plazo, la permanencia deviene indebida y puedes reclamar la supresión.

Requisitos de inclusión y cómo salir antes

Para incluirte válidamente, deben cumplirse requisitos. Solo pueden tratarse datos de deudas ciertas, vencidas y exigibles no discutidas judicial o administrativamente; además, el acreedor debe haberte informado de la posible inclusión al contratar o al requerir el pago.

También es obligatorio un aviso de inclusión. La entidad que gestiona el fichero tiene que notificarte la anotación y explicar tus derechos, dentro de los treinta días siguientes a recibir la comunicación de deuda, manteniendo el apunte bloqueado mientras tanto.

Existe un límite mínimo cuantitativo aplicable. No pueden incorporarse deudas cuyo principal sea inferior a cincuenta euros, de acuerdo con la disposición adicional sexta de la ley orgánica de protección de datos.

La consulta de tus datos exige relación previa. Solo pueden acceder a tu información quienes mantengan, o estés solicitando, una operación que implique financiación, pago aplazado o facturación periódica contigo (por ejemplo, un préstamo o suministro).

Si la deuda es controvertida, manifiesta la disputa. La existencia de una reclamación administrativa, judicial o de resolución alternativa de conflictos impide la presunción de licitud para mantener tus datos mientras se dirime la controversia.

Para salir cuanto antes, ejercita tus derechos. Pide acceso y verifica la exactitud; si has pagado o el apunte es incorrecto, solicita la supresión con pruebas de pago o de inexistencia/inelegibilidad de la deuda, conservando acuses de tu comunicación.

Si el responsable no responde, acude a la AEPD. Puedes reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos por incumplimiento de plazos o negativa injustificada, aportando la documentación que avale tu solicitud y la inacción del responsable.

Cuando la carga global te asfixia, prioriza la LSO. La exoneración del pasivo o un plan de pagos judicial puede permitir la limpieza del fichero al amparo de la resolución, normalizando tu historial antes del límite de cinco años.

LSO primero, luego normaliza tu historial

Si tu problema es estructural, empieza por LSO. El procedimiento paraliza ejecuciones, ordena tu pasivo y, si cumples requisitos, puede exonerar deudas para que el fichero deje de reflejar impagos activos y puedas recuperar servicios básicos.

Tras la resolución, pide actualización registral. Remite la sentencia o el mandamiento a los responsables del fichero y a los acreedores para que comuniquen la exoneración y supriman los apuntes que ya no correspondan con tu situación actual.

Mantén un plan de prevención financiera. Trabaja con presupuesto base, crea un colchón de emergencia y evita productos de alto coste para reforzar tu estabilidad y no volver a generar apuntes de morosidad por retrasos evitables.

Revisa periódicamente tus consultas y accesos. Si detectas usos inadecuados o accesos sin base jurídica, ejerce tus derechos y, si procede, plantea reclamación ante la autoridad de control para proteger tu privacidad y tu reputación.

Si necesitas una guía jurídica integral. En Resuelve Mi Deuda priorizamos la LSO como primera vía, coordinamos la limpieza de ficheros tras la exoneración y te acompañamos en cada paso para que recuperes tu vida financiera.

Asesoría gratuita y profesional

En Resuelve Mi Deuda estudiamos tu caso, activamos la LSO cuando procede y gestionamos la normalización registral tras la resolución. Ordenamos tu documentación y marcamos la ruta para salir de ASNEF cuanto antes.

Rellena nuestro formulario aquí y recibe asesoría gratuita para comprobar si puedes acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad y empezar de nuevo.

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