Nueva vida para los deudores
LSO
26/09/2026
Redacción RMD

Ley de Segunda Oportunidad y matrimonio: guía 2026

Sí, una pareja o un matrimonio puede acogerse conjuntamente a la Ley de Segunda Oportunidad cuando ambos son deudores, están casados o son pareja de hecho registrada: la ley permite solicitar un único procedimiento conjunto en lugar de dos por separado, aunque cada cónyuge sigue teniendo que cumplir individualmente los requisitos de buena fe e insolvencia.

Cada vez más parejas llegan a la Ley de Segunda Oportunidad (LSO) con deudas que han ido acumulando juntas: la hipoteca de la vivienda familiar, tarjetas, préstamos para reformas o para hacer frente a gastos comunes. Los concursos de personas físicas no dejan de crecer en España, así que entender cómo se tramita la LSO cuando hay dos personas implicadas es una duda cada vez más habitual.

¿Se puede solicitar la Ley de Segunda Oportunidad en pareja?

El Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2020 y reformado por la Ley 16/2022) prevé en su artículo 38 la declaración conjunta de concurso para deudores que sean cónyuges o parejas de hecho inscritas en un registro oficial. Esto permite tramitar un solo procedimiento judicial para los dos, en lugar de dos concursos independientes.

Esta posibilidad no cambia los requisitos de fondo: cada miembro de la pareja debe encontrarse en situación de insolvencia y cumplir individualmente las condiciones de buena fe (no haber sido condenado por determinados delitos patrimoniales, no haber ocultado bienes, etc.) para poder beneficiarse de la exoneración de sus deudas.

¿Qué pasa con las deudas y bienes en régimen de gananciales?

Cuando el matrimonio está en régimen de gananciales, buena parte del patrimonio y de las deudas se considera común, lo que puede complicar el reparto si solo uno de los cónyuges se acoge a la LSO. Por eso, en muchos casos resulta más ordenado tramitar el concurso conjunto: se analiza el patrimonio y las deudas de la pareja como una unidad y se evita la incertidumbre de repartir bienes gananciales entre un procedimiento concursal y un cónyuge que no está en concurso.

En régimen de separación de bienes, cada cónyuge responde en principio de sus propias deudas, aunque puede existir alguna deuda contraída conjuntamente (por ejemplo, una hipoteca firmada por ambos) que sí sea común a efectos del concurso.

Solicitud individual vs. conjunta: diferencias principales

Aspecto Concurso individual (cada uno por separado) Concurso conjunto (art. 38 TRLC)
Quién puede acogerse Cualquier persona física, aunque su pareja no esté endeudada Cónyuges o pareja de hecho registrada, ambos insolventes
Procedimiento Dos concursos, dos administradores, posible descoordinación en bienes comunes Un único procedimiento judicial para ambos
Requisitos de buena fe y exoneración Se valoran para esa persona Se valoran para cada cónyuge de forma individual, dentro del mismo procedimiento
Bienes gananciales Pueden quedar en una situación menos clara si solo concursa uno Se gestionan de forma conjunta dentro del mismo concurso

¿Qué ocurre si solo uno de los cónyuges tiene deudas?

No es obligatorio solicitar el concurso conjunto: si solo uno de los miembros de la pareja está endeudado, puede acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad de forma individual. En régimen de gananciales, el juez tendrá en cuenta qué parte del patrimonio común corresponde al cónyuge concursado, pero esto no obliga al otro cónyuge a entrar en el procedimiento si no tiene deudas propias que exonerar.

Pareja revisando el patrimonio y las deudas comunes del matrimonio

Un dato de contexto: cada vez más personas físicas acuden a la Segunda Oportunidad

Según la nota de prensa del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) de 12 de diciembre de 2025, en el tercer trimestre de 2025 se presentaron 17.223 concursos en España, de los que 15.488 correspondieron a personas físicas no empresarias (el 90% del total), un 43% más que en el mismo trimestre de 2024. Cifras provisionales del primer trimestre de 2026, difundidas por medios especializados a partir de datos del propio CGPJ, apuntan en la misma dirección: unos 19.100 concursos, con las personas físicas no empresarias representando de nuevo cerca del 90% del total.

Este aumento sostenido explica por qué cada vez es más frecuente que dos personas de la misma unidad familiar planteen la Segunda Oportunidad al mismo tiempo, y por qué conviene conocer de antemano cómo se coordina el procedimiento cuando afecta a ambos.

Pasos si vais a solicitar la LSO como pareja

  1. Reunid la documentación de ambos: deudas, ingresos, bienes y régimen económico del matrimonio o la pareja de hecho.
  2. Comprobad que cumplís los requisitos de buena fe cada uno por separado: el juez valorará la conducta de cada deudor de forma individual, aunque el procedimiento sea conjunto.
  3. Intentad el acuerdo extrajudicial de pagos con vuestros acreedores, paso previo habitual antes de acudir al concurso.
  4. Solicitad, si procede, la declaración conjunta de concurso conforme al artículo 38 TRLC, con asesoramiento de un profesional que valore si conviene más el procedimiento conjunto o dos individuales.
  5. Seguid el procedimiento hasta la fase de exoneración del pasivo insatisfecho (EPI), que el juez concederá o no en función de si se cumplen los requisitos legales en cada caso.

Preguntas frecuentes sobre la Ley de Segunda Oportunidad en pareja

¿Es obligatorio que ambos cónyuges se acojan juntos a la LSO?

No. La declaración conjunta es una opción, no una obligación. Si solo uno de los dos tiene deudas que exonerar, puede tramitar su propio concurso de forma individual.

¿Afecta la Ley de Segunda Oportunidad al cónyuge que no tiene deudas?

Puede afectar al patrimonio ganancial si existe, porque parte de los bienes comunes puede formar parte de la masa del concurso, pero no exige que el cónyuge sin deudas propias se declare insolvente ni le impone directamente sus deudas privativas.

¿Qué pasa con la vivienda familiar si la pareja se acoge a la LSO?

Depende de si la vivienda tiene cargas (como una hipoteca) y de la situación patrimonial de cada caso; no existe una regla única, por lo que conviene revisarlo con un profesional antes de iniciar el procedimiento.

¿Y si nos divorciamos durante el procedimiento?

Un cambio en el estado civil durante el concurso puede afectar a cómo se gestiona el procedimiento conjunto; es una circunstancia que debe comunicarse y valorarse en el caso concreto.

¿Los avalistas de nuestras deudas también pueden acogerse a la LSO?

Un avalista puede solicitar su propia Segunda Oportunidad si él mismo está en situación de insolvencia, pero es un procedimiento distinto al de la persona avalada y depende de su situación individual.

En resumen

Una pareja casada o una pareja de hecho registrada puede solicitar la Ley de Segunda Oportunidad de forma conjunta al amparo del artículo 38 del TRLC, lo que simplifica la gestión de deudas y bienes comunes en un único procedimiento, aunque cada cónyuge debe seguir cumpliendo individualmente los requisitos de buena fe e insolvencia. No es obligatorio ir juntos: si solo uno tiene deudas, puede tramitarlo solo. Con el número de concursos de personas físicas al alza, es una situación cada vez más frecuente que conviene analizar con detalle antes de decidir el camino a seguir.

Si tu pareja y tú tenéis deudas y queréis saber si podéis acogeros juntos a la Ley de Segunda Oportunidad, en Resuelve mi Deuda podemos revisar vuestro caso concreto. Puede interesarte también nuestra guía sobre Ley de Segunda Oportunidad y patrimonio familiar y las preguntas frecuentes sobre el procedimiento.

Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico. Cada situación de endeudamiento es distinta y el resultado de cualquier procedimiento depende de las circunstancias del caso y de la decisión judicial. Consulta tu caso con un profesional antes de tomar decisiones.

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